Si usted desea presentar una queja o reclamación tenga en cuenta que debe seguir estos pasos:





Paso 1


Diríjase a nuestras oficinas.
Nuestro personal tratará de
ayudarle a resolver su problema.


QUALITY BROKERS, S.L.
Clave DGSFP (J-1719)
C/ Colón nº 1, 8º-A
46004 - Valencia (Valencia)

Tfno.: 902 026 212 -|- Fax: 902 026 214

jballester@qualitybrokers.es -|-
www.qualitybrokers.es




Paso 2
INADE, INSTITUTO ATLÁNTICO
DEL SEGURO

Calle La Paz, nº 2, Bajo
36202 - Vigo (Pontevedra)

Tfno. 986 485 228 -|- Fax: 986 485 653

atencioncliente@inade.org -|-
www.inade.org



Si no hemos satisfecho sus
demandas, diríjase por escrito a
nuestro Servicio de Atención al
Cliente (Inade, Instituto Atlántico

del Seguro).

En un plazo de dos meses a partir
de la fecha de presentación deben
atenderle y resolver sus quejas y
reclamaciones.





Paso 3

En caso de disconformidad con
el resultado del pronunciamiento
de nuestro Servicio, o si
transcurridos dos meses desde
que usted ha presentado su queja
o reclamación, no se ha resuelto
su petición, debe dirigirse al
Servicio de Reclamaciones de la
Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones.



DIRECCIÓN GENERAL DE
SEGUROS Y FONDOS DE
PENSIONES


Servicio de Reclamaciones
C/ Miguel Ángel, nº 21
28010 – MADRID

Tfno. 902 191 111

reclamaciones.seguros@mineco.es -|-
www.dgsfp.mineco.es

En nuestras oficinas tenemos a su disposición nuestro “Reglamento para la Defensa del Cliente”. Puede solicitárselo a nuestros empleados o descargarlo en formato PDF haciendo click AQUÍ.

 

 

Normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros:

 

 Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor de las entidades financieras.

 

 Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.

 

 Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

 

 Real Decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.