ATENCIÓN AL
CLIENTE
SI NO ESTÁ DE ACUERDO
COMUNÍQUENOSLO
En nuestras oficinas tenemos a su disposición nuestro “Reglamento para la Defensa del Cliente” para ayudarle a ejercer sus derechos.
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CLIENTE
SI NO ESTÁ DE ACUERDO
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En nuestras oficinas tenemos a su disposición nuestro “Reglamento para la Defensa del Cliente” para ayudarle a ejercer sus derechos.
Paso 1 | Diríjase a nuestras oficinas. Nuestro personal tratará de ayudarle a resolver su problema. | ![]() | QUALITY BROKERS, S.L. Clave DGSFP (J-1719) C/ Colón nº 1, 8º-A 46004 - Valencia (Valencia) Tfno.: 902 026 212 -|- Fax: 902 026 214 jballester@qualitybrokers.es -|- www.qualitybrokers.es |
Paso 2 | INADE, INSTITUTO ATLÁNTICO DEL SEGURO Calle La Paz, nº 2, Bajo 36202 - Vigo (Pontevedra) Tfno. 986 485 228 -|- Fax: 986 485 653 atencioncliente@inade.org -|- www.inade.org | ![]() | Si no hemos satisfecho sus demandas, diríjase por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente (Inade, Instituto Atlántico del Seguro). En un plazo de dos meses a partir de la fecha de presentación deben atenderle y resolver sus quejas y reclamaciones. |
Paso 3 | En caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento de nuestro Servicio, o si transcurridos dos meses desde que usted ha presentado su queja o reclamación, no se ha resuelto su petición, debe dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. | ![]() | DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES Servicio de Reclamaciones C/ Miguel Ángel, nº 21 28010 – MADRID Tfno. 902 191 111 reclamaciones.seguros@mineco.es -|- www.dgsfp.mineco.es |
En nuestras oficinas tenemos a su disposición nuestro “Reglamento para la Defensa del Cliente”. Puede solicitárselo a nuestros empleados o descargarlo en formato PDF haciendo click AQUÍ.
◊ Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor de las entidades financieras.
◊ Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.
◊ Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
◊ Real Decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.